Cambio de nombre y sexo legal (España)

Enlace a la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas: http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-5585

Los requisitos para cambiar el nombre y sexo en la partida de nacimiento y DNI son estos, según la Ley 3/2007 de 15 de marzo:
  • Tener nacionalidad española, ser mayor de edad y tener capacidad suficiente para solicitarlo.
  • Haber sido diagnosticado con disforia de género. Para probar esto se presenta un informe de un médico o psicólogo clínico colegiado en España, o cuyo título haya sido homologado en España, en el que se haga referencia a:
    1) La disonancia entre el sexo morfológico y el sexo psicosocial (es decir, entre el sexo biológico y el género que uno siente ser) y la estabilidad y persistencia de la misma.
    2) La ausencia de trastornos de personalidad que puedan influir de forma determinante en esa disonancia.
  • Haber sido tratado médicamente durante un mínimo de dos años para acomodar las características físicas a las del sexo reclamado. Esto hace referencia al tratamiento hormonal, no es necesario haberse sometido a ninguna cirugía de reasignación de sexo. Para acreditar esto hay que presentar un informe del médico responsable del tratamiento, o un informe de un médico forense especializado.
    En caso de no poder someterse al tratamiento por razones de salud o edad, se puede solicitar el cambio siempre que se aporte una certificación médica de la circunstancia en cuestión. (Más información sobre esto en la página 8 de este documento: https://drive.google.com/open?id=0Bz8d6C3tczL1Ny03Vng4bGY3d1E)

En el Registro Civil de donde estés empadronado hay que presentar:
  • DNI (no hace falta fotocopia, es sólo para enseñarlo).
  • Certificado de empadronamiento. Esto se pide en el ayuntamiento de donde estés empadronado.
  • Certificado literal de nacimiento. Se pide en el Registro Civil donde se registrara el nacimiento (presentando el DNI) o también online: https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-nacimiento. Los datos que piden en el formulario online como el tomo y folio se pueden obtener del libro de familia de tus padres, o puedes rellenarlo como "NS/NC" o algo parecido porque es obligatorio rellenar ese campo.
  • Informe de diagnóstico de disforia de género, original.
  • Informe que certifica los dos años de tratamiento médico, original.

Una vez se consigue el cambio de la partida de nacimiento hay que hacer un DNI nuevo en cualquier oficina de expedición de DNI y pasaporte (el mismo sitio donde se renueva) y cambiar el nombre donde sea necesario: Seguridad Social, títulos académicos, padrón municipal, etc.

Lo siguente lo copio de esta guía: http://lgtb.stemstes.org/wp-content/uploads/2009/10/Leyes/guia.doc
Cuando se disponga del nuevo DNI con el nombre y sexo rectificados, habrá que cambiar todos los documentos restantes en cada órgano correspondiente:
  • Tarjeta de Afiliación a la Seguridad Social, en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social que corresponda.
  • Tarjeta Sanitaria, en tu Centro de Salud.
  • Tarjeta de demandante de empleo, en tu Oficina de Empleo (INEM).
  • Recibos salariales o nóminas, en la empresa donde trabajes.
  • Datos en el Padrón Municipal de Habitantes y, por ende, en el Censo Electoral, gestionándolo a través del Ayuntamiento donde la persona esté empadronada.
  • Títulos académicos, en el correspondiente Centro que expidió el título (IMPORTANTE: hay un apartado de la Ley que señala que a efectos de abono de tasas por reexpedición de los títulos o documentos, la rectificación de la mención del sexo en el Registro Civil no se considera causa atribuible a la persona interesada).
  • Pasaporte, en la Comisaría de Policía autorizada.
  • Cualquier otro documento oficial donde consten los datos inscritos en el nacimiento, siempre en el organismo competente.


En mi caso esto es lo que ha tardado el proceso:
-19 enero, 2015: Entrega de los papeles en el Registro Civil de la ciudad donde estoy empadronado.
-2 marzo, 2015: El cambio está aceptado, pero la creación de la nueva partida de nacimiento la tiene que hacer el Registro Civil donde se registró mi nacimiento (en mi pueblo). Me llamaron del Registro de donde estoy empadronado para firmar un papel y que puedan enviar los papeles al otro Registro Civil para que cierren mi partida original y creen una nueva con los datos correctos.
-24 abril, 2015: Partida de nacimiento nueva (me dieron tres copias). Tardó más porque era la primera vez que hacían esto en ese Registro Civil y no sabían cómo se hacía. También me hicieron un libro de familia nuevo con los datos correctos (eso creo que tardó un par de semanas).
-28 abril, 2015: Cita para renovar el DNI. En principio no iba a estar hasta el lunes, después hicieron una llamada y al final pudieron darme el nuevo DNI en ese mismo momento.
-1 junio, 2015: Me llamaron del Registro Civil de donde estoy empadronado para confirmar que ya han recibido el nuevo certificado de nacimiento, y para decirme que vaya a firmar un papel más para finalizar el proceso del todo.

-Cambio del título de la ESO: Me dijeron que cambiar los datos no tardaría mucho porque va informatizado (aunque dijeron que me llamarían y no lo hicieron), pero el título en papel tarda más porque siempre es lento (tras terminar la ESO creo que tardó dos años en llegarme el original).
-Cambio de datos en la Seguridad Social: Se hace en el momento. Fui al sitio, rellené un formulario, presenté la partida de nacimiento y me lo cambiaron rápidamente. Me dieron un papel por si tenía que demostrar que estaba cambiado en alguna parte.
-Cambio de datos en Agencia Tributaria: Esto pensaba que se cambiaba automáticamente al modificar datos en la Seguridad Social, pero dos años después de haber hecho ese cambio descubrí que no. Hay que ir a una delegación de Agencia Tributaria presentando el DNI, y el cambio se hace con el modelo 030 para modificación de datos identificativos. El cambio se hace automáticamente.
-Cambio en el padrón municipal: En el momento también, sólo tuve que rellenar un formulario y entregarlo. Al mes siguiente me llamaron diciendo que tenía que ir otra vez allí porque lo que había entregado no valía, que la partida literal de nacimiento tenía que decir al margen cómo me llamaba antes. Si ocurre esto hay que ir a hablar con quien te haya llamado y confirmarle que las partidas de nacimiento son así actualmente y que por ley no tienen por qué anotar al margen el nombre anterior, ni tienes obligación de presentar una copia de la antigua, ni nada por el estilo.
-Datos del banco: No los cambié, cerré la cuenta porque de todas formas quería abrir otra con otro banco. Expliqué que había cambiado de nombre y no hubo ningún problema para hacerlo.
-Cambio de datos del seguro médico privado: Lo tramitó una comercial de la compañía, tardó menos de una semana y a los pocos días me llegó una tarjeta nueva con los datos cambiados.
-Tarjeta sanitaria de la Seguridad Social: En el centro de salud que te corresponda te cambian los datos en un momento. Después envían la tarjeta nueva por correo.

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